Equipaje No Acompañado a Colombia

Ofrecemos el servicio de envío de equipaje no acompañado hacia diferentes ciudades de Colombia, brindando un proceso seguro, ágil y confiable para quienes viajan desde Estados Unidos.

Toda persona natural que ingrese a Colombia y haya permanecido en el exterior por un mínimo de cinco (5) días tiene derecho a ingresar, además de sus efectos personales, mercancía bajo la modalidad de Equipaje No Acompañado. Esto incluye artículos nuevos o usados destinados exclusivamente al uso personal o familiar del viajero y que no constituyan una expedición comercial.

Se permite el ingreso de:

  • Bienes de uso personal o familiar
  • Artículos de uso doméstico
  • Artículos deportivos
  • Herramientas y artículos relacionados con el arte, profesión u oficio del viajero

El valor máximo permitido es de USD $2,500.00, pagando un impuesto único del 15%, siempre y cuando no se transporten tres (3) o más unidades del mismo artículo. El equipaje puede llegar antes, después o junto con el viajero.


Ciudades de Servicio

Este servicio se presta directamente en las siguientes ciudades de Colombia:

  • Bogotá
  • Medellín
  • Cali
  • Barranquilla

Para destinos diferentes, se puede autorizar a un intermediario aduanero mediante un “Mandato Especial, Amplio y Suficiente” para actuar en representación del viajero, realizar el retiro de la mercancía, efectuar el pago de impuestos y coordinar el envío hacia la ciudad final. Estos servicios generan costos adicionales que deben acordarse previamente.


Costos y Proceso de Importación

El proceso consta de dos etapas:

1. Transporte Aéreo

Corresponde al envío de la carga desde Miami hasta el aeropuerto de destino en Colombia. Este servicio se paga en Estados Unidos.

2. Nacionalización e Importación en Colombia

El cliente puede realizar personalmente el trámite ante la DIAN o contratar un agente aduanero autorizado para actuar en su representación.

Los gastos en Colombia incluyen:

  • Pago del impuesto único del 15% ante la entidad bancaria autorizada por la DIAN
  • Costos de liberación, manejo y registro ante la aerolínea o agente aduanero
  • Posibles cargos adicionales por almacenamiento, seguros o traslados en caso de no retirar la mercancía dentro del tiempo establecido

El viajero dispone de un plazo máximo de 24 horas después de la llegada del equipaje para realizar el retiro directo con la aerolínea. De no hacerlo, la carga será trasladada a un depósito aduanero, lo cual puede generar costos adicionales.


Procedimiento Recomendado

  • Elaborar una relación detallada de los artículos enviados, incluyendo valores y facturas de compra
  • Diligenciar el Formulario DIAN 530 (Declaración de Equipaje y Títulos Representativos de Dinero) indicando que se transporta Equipaje No Acompañado
  • Presentar el formulario al oficial de aduanas al ingresar a Colombia
  • Viajar con el pasaporte debidamente sellado con la fecha de ingreso al país
  • Se recomienda enviar el equipaje uno o dos días después del viaje del pasajero, ya que únicamente el titular podrá retirar la mercancía
  • Antes de acudir al aeropuerto, confirmar con la aerolínea que la carga ya se encuentra disponible para entrega

Para el retiro de la mercancía se requiere:

  • Pasaporte debidamente sellado
  • Comprobante de pago del impuesto
  • Relación de artículos y facturas de compra
  • Pase de abordar o soporte del viaje aéreo

También es importante contar con el transporte terrestre necesario para retirar la carga, ya que este servicio no es suministrado por la aerolínea.


Importante

En caso de pérdida o daño de la mercancía, el reclamo debe realizarse al momento del retiro y dejarse por escrito en el recibo correspondiente antes de firmarlo.

Ni la aerolínea ni USA International Freight serán responsables por decomisos realizados por la DIAN u otras autoridades competentes.


Requisitos para Colombianos

  • Pasaporte colombiano
  • Pasaporte americano, residencia o visa
  • Sellos de salida y entrada a Colombia
  • Copia de la cédula de ciudadanía por ambos lados
  • Formulario DIAN 530 diligenciado
  • Carta dirigida a la DIAN, autenticada en notaría
  • Carta dirigida “A quien pueda interesar”, autenticada en notaría
  • Copia de la contraportada del pasaporte colombiano donde aparece el número de libreta

Requisitos para Extranjeros

  • Pasaporte
  • Sello de entrada a Colombia
  • Formulario DIAN 530 diligenciado
  • Carta dirigida a la DIAN, autenticada en notaría
  • Carta dirigida “A quien pueda interesar”, autenticada en notaría

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